Política & Privacidad

Las declaraciones a continuación describen los valores y las consideraciones legales de RDX Company Limited.

 

Nuestros principios legales se basan en las siguientes cláusulas:

Cláusula 1 La sociedad limitada girará bajo el nombre corporativo «RDX POWER SOLUTIONS».

 

Cláusula 2 La compañía tiene su domicilio social y sede en la ciudad de Sao Paulo, estado de Sao Paulo, en la calle Jesuíno Arruda, 797, cuarto piso CEP 04532-082 Itaim Bibi, y puede abrir y cerrar sucursales, sucursales, agencias y administración oficinas, en cualquier localidad del país, por resolución de los accionistas que representan a todo el capital social.

 

Cláusula 3 El propósito de la empresa es:

  1. a) la venta de electricidad;
  2. b) intermediación de negocios en general, relacionados con la comercialización de electricidad;
  3. c) la prestación de servicios de asesoramiento relacionados con inversiones, planificación y comercialización general de electricidad;
  4. d) participación en otras empresas comerciales o civiles nacionales o extranjeras, independientemente del tipo corporativo de la empresa participada.

 

Cláusula 4 El inicio de actividad de la compañía coincidirá con la fecha de firma de este instrumento y permanecerá en vigencia indefinidamente.

Párrafo primero: la responsabilidad de los socios se limita al valor de sus acciones, pero son responsables solidariamente del pago del capital social, de conformidad con el artículo 1.052 de la Ley 10.406 / 02.

Segundo párrafo: las acciones son indivisibles en relación con la empresa y cada una de ellas otorga a su titular el derecho a 1 (un) voto en las resoluciones corporativas.

 

CLÁUSULA 6 La gestión de la empresa será ejercida por todos los socios, conjunta o separadamente, quienes la gestionarán y representarán con los poderes más amplios, activa y pasivamente, judicial y extrajudicialmente, ante todos los organismos de administración pública, personas e instituciones directas e indirectas. . las instituciones financieras y cualquier otra institución, necesaria para el buen funcionamiento de la empresa, pudiendo nombrar gerentes y abogados de hecho con cláusulas de «negociación de anuncios» y «adjudicaciones», quedando exentos de proporcionar garantías.

 

Primer párrafo: La empresa representada en el formulario anterior puede constituir un apoderado con poderes inherentes y necesarios para el ejercicio de la gestión de la empresa, así como constituir abogados con cláusula de adjudicación para representarlo en el tribunal.

 

Segundo párrafo: está prohibido que los socios usen el nombre corporativo para la práctica de actos u operaciones ajenos a los intereses corporativos, tales como garantías, bonos, endosos de favor, siendo responsables cada uno aislado, solitario e ilimitado ante la empresa y con terceros por el exceso de mandato y por los actos que él / ella practica con la infracción la disposición contenida en este documento.

 

Párrafo tres: Los socios tendrán derecho a un retiro mensual como un «pro labore», cuyo monto se determinará de conformidad con la Cláusula 9 (noveno) de este acuerdo.

 

Cláusula 7 Corresponderá a los gerentes o apoderados constituidos en nombre de la compañía realizar los actos necesarios o convenientes para la gerencia, para tal fin tener los poderes necesarios, de conformidad con el Párrafo Uno, de la Cláusula Seis, y observando las disposiciones de la Cláusula Nueve de este Contrato:

(i) representar a la empresa dentro y fuera de los tribunales, de manera activa o pasiva, ante terceros, ante cualquier agencia pública, autoridades federales, estatales o municipales, así como municipios, empresas de capital mixto y entidades paraestatales; y

(ii) firmar cheques, divisas, giros postales, escrituras o cualquier otro valor, contrato o documento que implique responsabilidad u obligación de la empresa, cuyos valores individuales no excedan R $ 1,000.00 (mil reales).

 

Cláusula 8 Los actos de cualquiera de los socios, abogados o empleados que los involucren en obligaciones relacionadas con negocios u operaciones ajenas al propósito corporativo, tales como garantías, avales, avales o cualquier otra garantía en relación con la compañía, están expresamente prohibidos, ser nulo e inválido en relación con la empresa. favor de terceros.

 

Cláusula 9 Los siguientes actos solo pueden ser válidamente realizados por los socios gerentes, produciendo efectos ante la compañía y terceros, después de ser sometidos a la aprobación de la Junta de Miembros, cuyas resoluciones serán tomadas por los accionistas que representan el 75% (setenta- cinco por ciento). mínimo del capital social:

  1. a) Firma de cheques, cambio de divisas, giros postales, escrituras u otros valores, contratos o documentos que impliquen responsabilidad u obligación de la empresa, cuyos valores individuales excedan R $ 1,000.00 (mil reales).
  2. b) enajenación o adquisición de participaciones en el patrimonio de la empresa, excepto las derivadas de incentivos fiscales; transformación de la empresa a otro tipo corporativo, o promover su fusión, escisión o incorporación, así como su liquidación;
  3. c) que la Compañía realice inversiones y / u obtenga préstamos y financiamiento, incluida la contratación de leasing operaciones, ofreciendo garantías de cualquier tipo a cualquier obligación, cuando el monto del préstamo, financiamiento

o la garantía excede el monto de R $ 1,000.00 (mil reales).

  1. d) establecimiento de la «pro-labore» a pagar a los socios gestores;
  2. e) deliberaciones sobre la asignación de resultados corporativos, especialmente con respecto a la distribución de las ganancias obtenidas por la empresa:
  3. f) transformar la empresa en otro tipo corporativo; o promover su fusión; spin-off o incorporación, así como su liquidación, adquisición de cuotas por la propia empresa;
  4. g) confesión de quiebra, petición de recuperación judicial o extrajudicial;
  5. h) cambiar el propósito corporativo de la sociedad;

(i) admisión de nuevos miembros;

(j) aumentar o disminuir el capital social de la empresa;

(k) cambiar la gestión y el control de la empresa;

(l) enmendar estos estatutos.

 

Párrafo único: en caso de transformación, incorporación, fusión o escisión de la empresa, deliberada en forma de «caput» de esta cláusula, los socios disidentes tendrán derecho a retirarse de la empresa al valor contable de sus cuotas de capital , determinado de conformidad con la Cláusula 17 (decimoséptima) de este contrato.

 

Cláusula 10 Los miembros se reunirán cuando sea necesario, mediante convocatoria, por correo electrónico (correo electrónico), de cualquiera de los socios, con al menos 5 (cinco) días de anticipación, especificando la fecha, hora y lugar de la reunión, como así como la agenda y solo puede haber deliberación, a menos que todos los socios acuerden lo contrario. Las actas se tomarán en las reuniones y los accionistas deberán aprobar las resoluciones que representen la mayoría del capital social, excepto en los casos específicos para los cuales este acuerdo requiera un quórum diferente, y cada acción del capital social corresponderá a un voto.

Párrafo uno: cualquier miembro puede estar representado por un apoderado y luego se lo considerará presente en la reunión. Asimismo, los miembros que emitan su voto por fax, telegrama o cualquier otra forma escrita se considerarán presentes.

Segundo párrafo – La convocatoria para las reuniones de los miembros puede ser desestimada, si los miembros que representan el 100% (cien por ciento) del capital social están presentes.

 

Cláusula 11 Las acciones del capital no pueden transferirse ni venderse a terceros sin el consentimiento expreso de los demás accionistas, a quienes se les otorgarán derechos preventivos en la adquisición de dichas acciones, en proporción a sus respectivos intereses en el capital social de la compañía. Cualquier transferencia o venta de acciones en violación de este derecho preventivo se considera nula y sin efecto, de conformidad con las disposiciones a continuación.

Párrafo uno: un socio que desee transferir la totalidad o parte de sus acciones informará a los demás socios y a la compañía por escrito sobre su intención, indicando el nombre del solicitante y el precio ajustado. Si, dentro de los quince (15) días posteriores a la recepción de la notificación, los otros socios o la empresa no ejercen su derecho de preferencia, el socio de la oferta puede transferirlos a los nominados indicados. ), en las mismas condiciones ofrecidas.

Párrafo dos: el derecho de preferencia se ejercerá de conformidad con el siguiente orden: (i) entre los accionistas; (ii) luego a la sociedad; y (iii) por último a terceros.

Tercer párrafo: las disposiciones del «caput» de esta cláusula no se aplican a la transferencia por acto inter vivo o por causas mortales de los socios a sus herederos necesarios o a la transferencia en suscripción de capital en empresas en las que el titular de la cuota tiene el control, que se permitirá independientemente de la preferencia. En este último caso, la transferencia de la empresa que adquirió las acciones estará sujeta al derecho de preferencia previsto en el caput.

 

Cláusula 12 Si alguno de los vendedores de etiquetas ofrece vender o transferir acciones que representen más del 51% («cincuenta y uno por ciento») de las acciones de la compañía a un tercero, en un solo trato o en una serie de negociaciones relacionadas («Propuesta de eliminación»), los otros socios tendrán el derecho de vender o transferir sus acciones («Derechos de etiqueta junto») al comprador (s) mencionado en el Descargo de responsabilidad de la propuesta, en una distribución «prorrateada», para el mismos valores, condiciones y términos que los «vendedores de etiquetas».

 

Primer párrafo: cada socio tendrá derecho a vender o transferir en la Propuesta de venta un número de acciones igual al número de acciones que los vendedores de etiquetas proponen vender o transferir, multiplicado por una fracción en la que el numerador es el número total de acciones . la propiedad de dicho socio y el denominador es el número de todas las acciones de la empresa.

 

Segundo párrafo: los vendedores de etiquetas enviarán un aviso de cada propuesta de venta a cada miembro, quince (15) días antes de la fecha de venta o transferencia especificada en el aviso de la propuesta de venta. De conformidad con esta cláusula, los derechos de Tag Along deben ejercerse con el aviso previo por escrito de los socios a los vendedores de etiquetas, entregados al menos 10 (diez) días antes de la fecha de venta. Si cualquiera de los socios decide no participar en la venta o transferencia y ha sido notificado según esta cláusula, entonces dicho socio no tendrá derechos de etiquetado junto con respecto a la propuesta de eliminación, siempre que no se haya producido ningún cambio material en la eliminación propuesta. Alienación.

 

Cláusula 13 El ejercicio comenzará el 1 de enero y finalizará el 31 de diciembre. Al final de cada año correspondiente, se preparará el balance general y se prepararán los demás estados financieros requeridos por ley. La compañía puede, por resolución de los accionistas que representan todo el capital social, preparar balances mensuales, trimestrales o semestrales y distribuir las ganancias que se muestran allí.

Cláusula 14 Los beneficios netos obtenidos por la empresa se distribuirán a los accionistas.

en proporción a su participación en el capital social.

 

Cláusula 15 En caso de liquidación o disolución de la empresa, el liquidador será designado a su debido tiempo de conformidad con la Cláusula Nueve de este contrato. En este caso, los activos de la compañía se utilizarán para liquidar las obligaciones y el resto, si corresponde, se repartirá entre los socios en proporción al número de acciones que cada uno posee.

 

Cláusula 16 Retiro, Exclusión, Muerte o Incapacidad Judicial

de cualquiera de los socios no se disolverá la empresa, que continuará con el

miembros restantes, por el plazo previsto por la ley, a menos que decidan resolverlo.

 

Párrafo único: en caso de fallecimiento o discapacidad judicialmente declarada

de cualquiera de los socios, sus herederos o sucesores serán admitidos a la empresa en

reemplazo a la pareja fallecida o discapacitada.

 

Cláusula 17 En caso de retiro voluntario de cualquiera de los socios, o en caso de exclusión de un miembro debido al incumplimiento de las obligaciones asumidas por él en este contrato (exclusión motivada), por resolución de los socios representantes del 75% ( setenta y cinco por ciento) del capital social, el socio retirado o excluido recibirá el valor en libros de sus acciones, calculado en un balance especial, cuya fecha base será la fecha de retiro o exclusión, y el pago se realizará en 12 (doce) cuotas mensuales, iguales y consecutivas, más intereses del 12% (doce por ciento) por año, y reexpresadas monetariamente, dentro de los términos permitidos por la ley, en función de la variación IGP-M / FGV, con la primera cuota pagadera dentro de 60 (sesenta) días a partir de la fecha de retiro o exclusión del socio, sin perjuicio, también, de la responsabilidad de indemnizar a la empresa por las pérdidas y daños causados, siempre que estén debidamente probados.

 

Cláusula 18 En casos de exclusión de un miembro injustificable (exclusión injustificada), por resolución de los socios que representan al menos el setenta y cinco por ciento (75%) del capital social, la compañía reembolsará al miembro excluido el valor en libros de su acciones, calculadas. balance especial, cuya fecha base será la fecha de retiro o eliminación. Se convocará a una reunión de miembros a la convocatoria del miembro que se excluirá, para que este ejerza su derecho de defensa de conformidad con el art. 1.085 del Código Civil. El monto se pagará en 12 (doce) cuotas mensuales iguales y consecutivas, más intereses del 12% (doce por ciento) por año y se reembolsará monetariamente dentro de los períodos permitidos por la ley, según la variación de IGPM / FGV.

 

Cláusula 19 En casos de separación, divorcio o disolución de una unión estable, el valor de los activos debido al ex cónyuge o pareja, con el objetivo de la intangibilidad del capital social y la continuidad del negocio de la empresa, se calculará de acuerdo con el libro valor, que se determinará. balance especial, como se ajustó anteriormente.

 

Cláusula 20 Con el fin de demostrar el valor del Patrimonio de los Accionistas, la empresa deberá realizar, a su cargo, un Informe de tasación de la propiedad, que será preparado por un profesional adecuado. El plazo para obtener este informe será de hasta 30 (treinta) días a partir de la fecha de exclusión.

 

Párrafo uno: la primera cuota vencerá 30 (treinta) días después de la fecha de emisión del respectivo Informe de evaluación de activos, y el resto en los mismos días de los meses siguientes, hasta el final. En caso de extinción, supresión o no divulgación del IGP-M / FGV, se debe adoptar otro índice para reemplazarlo.

 

Segundo párrafo: dentro de los 5 (cinco) días hábiles a partir de la fecha de exclusión,

debe formalizarse mediante un instrumento privado para modificar los estatutos.

 

Cláusula 21 La compañía se regirá por las reglas de la corporación, en caso de omisión de estos Artículos de Incorporación y el Capítulo de “Sociedad Limitada” del Código Civil (Ley No. 10.406, del 10 de enero de 2002).

 

Cláusula 22 Para todas las cuestiones derivadas de este contrato, se elige el Tribunal de Distrito de la Capital del Estado de São Paulo, excluyendo cualquier otro, por privilegiado que sea.

 

Cláusula 23 Los socios gerentes declaran, bajo las sanciones de la ley, que no se les impide ejercer la administración de la empresa por ley especial, o en virtud de una condena penal, o porque están bajo su efecto, la pena que prohíbe, incluso temporalmente, el acceso a cargos públicos, o mediante quiebra, prevaricación, soborno o soborno, conmoción cerebral, malversación de fondos, o contra la economía popular, contra el sistema financiero nacional, contra las normas de competencia, contra las relaciones con los consumidores, público fe o propiedad (Artículo 1.011, primer párrafo, Ley 10.406 / 02).